La obtención de una variedad vegetal es una producción científica derivada del trabajo intelectual de una persona u organización, en el que combinó sus conocimientos científicos y técnicos de la manera que considero más apropiada para lograr los resultados propuestos, por esta razón se reconocen derechos de propiedad intelectual a los obtentores o creadores sobre sus variedades vegetales a través de fitomejoramiento, los productos que se crean enriquecen la cultura y el conocimiento de la sociedad, incrementando así su bienestar y fomentando el desarrollo de nuevas variedades en beneficio de agricultores y consumidores, a la vez impulsa el desarrollo de la agricultura, la horticultura y la silvicultura.
En PROINTELL le asesoramos a resguardar su derecho como obtentor de vegetales e impulsarlo en mercados para la reproducción, beneficiando asimismo a la agricultura mundial y al suministro alimenticio.
Los enormes progresos de la productividad agrícola en varias partes del mundo se deben en gran medida a las variedades vegetales mejoradas. Es más, el fitomejoramiento presenta ventajas que trascienden el aumento de la producción de alimentos, con mayor rendimiento, calidad elevada o mayor resistencia a las plagas y las enfermedades, aumentan la calidad y la productividad de los productos en la agricultura y la silvicultura, minimizando al mismo tiempo la presión sobre el medio ambiente.
La creación de nuevas variedades mejoradas de gran calidad, aumenta el valor de los cultivos y la capacidad de explotarlos comercialmente.
La obtención y la explotación de nuevas variedades es un factor decisivo para aumentar los ingresos del medio rural y propiciar el desarrollo económico general, así como la creación de programas de fitomejoramiento para ciertas especies en vías de extinción puede eliminar la amenaza que pesa sobre algunas especies silvestres, como sucede con las plantas medicinales.
La protección de las variedades vegetales, también llamada el "derecho de obtentor" es una forma de derecho de propiedad intelectual que se concede al obtentor de una nueva variedad vegetal. Cualquier persona que haya creado, o descubierto y puesto a punto una variedad vegetal puede solicitar el derecho de obtentor. La concesión del derecho de obtentor, significa en la práctica que el titular del derecho es asimismo el propietario de la variedad y que cualquier persona que desee comercializar esa variedad protegida debe obtener la autorización del titular del derecho de obtentor (es decir, del obtentor de la variedad). Por lo general, la autorización se concede en forma de un acuerdo de licencia entre el titular del derecho y las personas interesadas en vender la variedad.
Las Pymes pueden sacar partido de sus conocimientos empíricos crear y proteger sus propias obtenciones vegetales
Los agricultores y cultivadores tienen acceso a variedades que se ajustan más adecuadamente a determinadas condiciones agroclimáticas y les permiten satisfacer de manera más adecuada las exigencias del mercado. Un marco jurídico fiable es un instrumento sumamente eficaz para atraer las mejores variedades extranjeras y aumentar rápidamente la productividad, la competitividad y los ingresos en el ámbito de la agricultura nacional.
En algunos mercados, puede existir una demanda de productos agrícolas determinados, tales como plantas ornamentales y frutos exóticos, en ocasiones, puede crearse una rama de la agricultura completamente nueva, en estos casos, resulta necesario cultivar variedades extranjeras para satisfacer la demanda de dichos mercados.
Las empresas que comercian con productos agrícolas o las asociaciones de cultivadores pueden obtener licencias para explotar variedades extranjeras protegidas y concertar acuerdos comerciales con empresas extranjeras a fin de exportar su producción. El derecho de obtentor ofrece la oportunidad de adquirir tecnología para llevar a cabo nuevas actividades agrícolas que beneficien al sector rural y diversifiquen la producción. Además, propicia la creación de los servicios necesarios (empaquetamiento, transporte, etc.), lo que entraña beneficios económicos.
El Convenio de la UPOV fué revisado en 1972 y 1978; el Acta más reciente del Convenio data de 1991. El Convenio de la UPOV prevé una forma sui generis de protección de la propiedad intelectual, adaptada específicamente a la protección de variedades vegetales tomando en consideración las características específicas del fitomejoramiento y las circunstancias en las que se utilizan las variedades vegetales.
Colombia se rige por el Convenio de la Unión Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales (Acta 78: UPOV). Este convenio está íntimamente vinculado a los compromisos de la Organización Mundial del Comercio (OMC) sobre los Aspectos de Propiedad Intelectual relacionados con el comercio (ADPIC).
En el marco del Acuerdo del Pacto Andino de Naciones, Colombia incorporó a la legislación nacional el Régimen Común de Protección de los Derechos de los Obtentores de Variedades Vegetales mediante la Decisión Andina 345 del 21 de Octubre de 1993. Esta Decisión, al ser de carácter supranacional, prima sobre las normas nacionales y otras de carácter internacional sobre la materia.
El derecho de obtentor establece el marco jurídico que permite relaciones estrechas entre los investigadores, los titulares de derechos de obtentor, los licenciatarios y los usuarios, creándo un entorno favorable al desarrollo y la transferencia de tecnología en, las variedades en el ámbito de la agricultura.
Las innovaciones en otros sectores de la tecnología relacionados con las plantas están amparadas por otras formas de derechos de propiedad intelectual entre los que se incluyen, en particular, las patentes. La protección del Derecho de Obtentor de Variedades Vegetales tiene el alcance no solamente sobre la semilla sino también sobre el producto de la cosecha, con lo cual el obtentor puede procurar una compensación razonable sobre el producto si es que aquel no fue obtenido compensando su labor. Esta facultad se aplica por el obtentor cuando no ha podido ejercerla directamente sobre la multiplicación y/o comercialización de la propia obtención vegetal.
PROINTELL ofrece sus servicios jurídicos. A fin de velar por que no se vulneren los protocolos de producción de las empresas y a la vez proteger la seguridad varietal como calidad sanitaria de sus plantas, las cuales se han diversificado en su producción agrícola en las semillas con un alto enfoque en la innovación e investigación, requerimientos identificados como brechas productivas, que generan la necesidad de desarrollar información técnica como:
En PROINTELL nuestro compromiso es proteger los intereses de la Pymes en el sector agricola de productos tecnológicos encaminados a generar cambio técnico y mejorar la competitividad en semillas y la biotecnología en las diferentes cadenas productivas.
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